La magistrada hizo lugar parcialmente a la cautelar de no innovar y ordenó al Estado Nacional y al Poder Ejecutivo que se abstenga de «ejecutar cualquier acto administrativo, que derive» del decreto 461/2025 del 8 de julio pasado, que dispuso la disolución de la Dirección Nacional de Vialidad.
El gobierno de Javier Milei no podrá disponer «reubicaciones, traslados, cesantías, suspensiones, pases a disponibilidad de personal o supresión de estructuras vinculadas a la Dirección Nacional de Vialidad».
«Teniendo en cuenta que en esta etapa preliminar del proceso, donde se verifican circunstancias graves y objetivas, permiten justificar el dictado de una medida cautelar de no innovar, a fin de evitar perjuicios irreparables y preservar el statu quo hasta tanto se resuelva la cuestión de fondo», afirmó la sentencia.