La recomposición –catalogada como insuficiente por los trabajadores de la educación– se aplicará sobre los haberes básicos de junio y afectará también a jubilados y reemplazantes.
El decreto Nº 1896 aclaró que el incremento salarial del 7% se aplicará en tramos: 1,5% en julio, 1,5% en agosto, 1% en septiembre, 1% en octubre, 1% en noviembre y 1% en diciembre.
El incremento será “aplicable sobre el sueldo básico, como así también sobre los restantes conceptos que se consignan en sus respectivos recibos de sueldo, tomando como base de cálculo los salarios correspondientes al mes de junio de 2025”.
“Se garantizará que dicho incremento porcentual no sea inferior a la suma neta de bolsillo $40.000 a partir del 1° de julio y de $70.000 a partir del 1° de octubre, por cargo comprendido en el Escalafón Docente; y respecto a las horas cátedras de acuerdo a lo ordenado en la referida Acta Paritaria, previo descuentos de ley, y mediante una suma fija no remunerativa y no bonificable que resultará absorbible por los aumentos pautados”, completó el decreto.
Las sumas no remunerativas que resulten de los mínimos garantizados serán tenidas en cuenta para calcular la segunda cuota del Sueldo Anual Complementario (SAC), más conocido como aguinaldo, que se abona en diciembre.

