"Estos convenios, si bien hay que retocarlo o mejorarlo o actualizarlo, no pueden caer de un día para otro", planteó.
Sostuvo que “tiene como objetivo final la inexistencia de las organizaciones empresariales tal como están constituidas” y la reforma de esos artículos “puede traer conflictos legales futuros”.
En ese marco, el artículo 128 de la reforma oficialista propone que "los aportes o contribuciones patronales especiales previstos en las Convenciones Colectivas de Trabajo [...] tendrán carácter estrictamente voluntario por parte del empleador, sin que pueda imponerse su obligatoriedad mediante cláusulas convencionales".
Los otros cuatro artículos discutidos por CAME (126, 130, 131 Y 132) refiere al fin de la ultraactividad, que implicaría que los convenios no acordados por cada rubro se regirían por la Ley de Contrato de Trabajo aprobada. La ley, a partir de su artículo 132, incluso permitirá suspender convenios cuando "genera distorsiones económicas graves que afecten el interés general".
