A comienzos de 2025, la fiscalía, a cargo de Mónica Cuñarro, ya había solicitado el sobreseimiento de Espinoza.
En su dictamen, la Cuñarro sostuvo que “no existen pruebas suficientes para mantener la acusación”, que la investigación “adolece de elementos o indicios que añadan fortaleza al testimonio de la damnificada” y remarcó que Rakauskas no aportó pruebas materiales, no permitió el peritaje de sus dispositivos electrónicos y se negó a someterse a pericias médicas y psicológicas.
Así, la fiscalía decidió dar un paso al costado, dejando a Rakauskas como única parte acusadora.
Sin embargo, la causa avanzó y en octubre la Corte Suprema rechazó un recurso extraordinario de la defensa de Espinoza.
Ese fallo dejó firme el procesamiento del intendente por “abuso sexual simple” y desobediencia a una orden judicial. Con esa decisión, todo hacía prever que el expediente se encaminaba, finalmente, al juicio oral.
