La decisión fue adoptada por la Sala IV del máximo tribunal penal del país, integrada por los jueces Gustavo Hornos, Mariano Borinsky y Javier Carbajo, que rechazaron el recurso presentado por la querellante y dejaron firme el cierre de la causa.
El caso se originó a partir de expresiones formuladas por Rial y Federico en el programa “Argenzuela”, emitido por C5N en mayo de 2025, donde cuestionaron la designación de Agüero al frente del Instituto Nacional de Cine y Artes Audiovisuales (INCAA).
La denunciante sostuvo que los periodistas habían difundido afirmaciones falsas, agravios personales e incluso expresiones de contenido humillante y sexual, además de atribuirle supuestos hechos delictivos y conflictos laborales.
Sin embargo, Casación concluyó que las manifestaciones se produjeron en el marco de un debate sobre la idoneidad de una funcionaria pública y, por lo tanto, estaban amparadas por la libertad de expresión.
