El antiguo régimen estaba concebido con la finalidad de aumentar la actividad turística y agregó dos feriados con fines turísticos por año; en 2016, fueron el 8 de julio y el 9 de diciembre, generando 4 días no laborables consecutivos.
Para el actual Poder Ejecutivo, no se observa que el régimen vigente haya cumplido con las expectativas esperadas en términos de incrementar el turismo interno, y en cambio ha generado a pequeños y medianos productores y comerciantes perdidas económicas significativas.
Esto sumado al compromiso con la educación pública y el cumplimiento de los 180 días de clases. El proyecto también detalla los días no laborables para la comunidad judía y musulmana. Y establece que los trabajadores que no presten servicios en las festividades religiosas mencionadas, tendrán la remuneración y los mismos derechos que si hubieran prestado.
ESTOS SERÍAN LOS DÍAS FERIADOS:
1° de enero Domingo Año Nuevo 2017
27 y 28 de febrero Lunes y Martes
Carnaval 24 de marzo Viernes
Día Nacional de la Memoria por la Verdad y la Justicia 2 de abril Domingo
Día del Veterano y de los Caídos en Malvinas 13 de abril Jueves
Jueves Santo (Día no laborable) 14 de abril Viernes
Viernes Santo 1° de mayo Lunes
Día del Trabajador 25 de mayo Jueves
Día de la Revolución de Mayo 17 de junio Sábado
Paso a la Inmortalidad del Gral. M. Martín de Güemes 20 de junio Martes
Paso a la Inmortalidad del Gral. Manuel Belgrano 9 de julio Domingo
Día de la Independencia 17 de agosto Jueves
Paso a la Inmortalidad del Gral. José de San Martín 12 de octubre Jueves
Día del Respeto a la Diversidad Cultural 20 de noviembre Lunes
Día de la Soberanía Nacional 8 de diciembre Viernes
Inmaculada Concepción de María
25 de diciembre Lunes Navidad