El fallo conocido esta noche, también dispone que “a fin de que se realicen los informes periciales, in situ, para determinar la posible contaminación y degradación del medio ambiente y hasta que las demandadas acrediten fehacientemente haber cumplido con la contratación de un seguro de cobertura con entidad suficiente para garantizar el financiamiento de la recomposición del daño, según lo dispone el Art. 22 de la Ley General del Ambiente 25.675”.
Según se explicó la empresa Minera Alumbrera, que explota el Yacimiento Minero Bajo la Alumbrera, "todavía no habría sido notificada del fallo, y se espera las diligencis judicials que corespondieren en este caso".
Finalmente se conoció que la Cámara Federal de Apelaciones de Tucumán, ordenó que la causa vuelva al Juzgado Federal de Catamarca, para dar cumplimiento con lo resuelto, es decir "la suspensión inmediata de la actividad minera en los yacimientos Bajo la Alumbrera y Bajo el Durazno".