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El Estado deberá indemnizar a una mujer por negarle un aborto legal


La Justicia ordenó a las autoridades de la provincia de Entre Ríos a indemnizar a una mujer a la que se le negó un aborto legal en 2011. Teniendo en cuenta que en la Argentina el aborto es legal cuando una mujer embarazada fue violada o su salud corre peligro, los jueces consideraron que se le impidió acceder a un derecho básico.

La mujer, que en aquel entonces tenía 36 años, sufría una patología cardíaca congénita, que le ocasionaba un cuadro de deficiencia de oxígeno crónica. Su estado se agravó a partir de un embarazo en 2011. El 4 de agosto de ese año, en un ateneo interdisciplinario en Paraná se decidió interrumpir el embarazo. La mujer estuvo de acuerdo.

Una semana después, justo cuando se le estaba por realizar la intervención a la mujer Hospital San Martín, un médico que no trabajaba en ese hospital y que tenía una militancia pública en contra de los abortos legales, amenazó a sus colegas con denunciarlos si le hacían el aborto a la mujer.

Ante las amenazas, la intervención se suspendió. La mujer debió continuar adelante con el embarazo. Tres meses más tarde, en noviembre de 2011, la mujer fue trasladada de urgencia al Hospital Posadas, en el conurbano bonaerense, donde le hicieron una cesárea en la que nació una beba. A la semana, sufrió un accidente cerebrovascular. La mujer, que todavía estaba internada, sufrió la parálisis de la parte izquierda del cuerpo.

La mujer pudo recuperar la movilidad con tratamientos de rehabilitación y demandó al Estado provincial y ahora la Sala II de la Cámara Segunda de Paraná confirmó un fallo de primera instancia que ordenaba una reparación económica por los daños sufridos: consideraron que el hecho de haberle impedido el aborto legal fue la causa de sus problemas de salud.

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