El referido decreto reglamentario que firmó la mandataria (Nº 1288) habilita el Registro de Mujeres Postulantes establecido en el artículo 3 de la ordenanza citada, en el cual deberán inscribirse las aspirantes a cubrir puestos de conducción de unidades del transporte urbano. La reglamentación también dispone que las mujeres interesadas en inscribirse en dicho Registro deberán poseer licencia habilitante en vigencia para la conducción de vehículos del TUP.
Con todo, y en virtud de que se constata en la realidad una baja proporción de mujeres con licencia habilitante para conducir servicios públicos, a fin de promover y garantizar una concreta igualdad de oportunidades la intendenta estableció que la Secretaría de Transporte y Movilidad implemente cursos de capacitación específicos para formar a las futuras conductoras en los necesarios aspectos teóricos y prácticos que permitan avanzar hacia una efectiva equidad.
