magicScript

menu

banner isva

inicio_main

Penalizaron a Mercado Libre por infracciones durante el Hot Sale

 


La Secretaría de Comercio Interior de la Nación multó a las compañías Mercado Libre y Suavestar por la suma de 2 millones de pesos a cada una debido a haber colocado en las promociones del Hot Sale mercancías a valores iguales a los que ya existían antes de esa iniciativa.

A través de monitoreos llevados a cabo en los días anteriores al evento digital armado por la Cámara Argentina de Comercio Electrónico (Cace), se registraron infracciones en ofertas promocionadas como únicas para ventas online durante el Hot Sale. 

Se verificó que, en ciertos productos, no hubo ningún tipo de condición única o nueva en el contexto de la campaña comercial, afirmó la cartera que lidera Paula Español mediante un comunicado. 

Más allá de que en la página web hotsale.com.ar de la Cámara Argentina de Comercio Electrónico, se publicaba que las ofertas de esos días de julio incluían descuentos exclusivos, las dos firmas publicaron productos como almohadas, con precios y rebajas indénticas a las de los días anteriores.

"Con estas prácticas abusivas, se considera que Mercado Libre y Suavestar indujeron a las y los consumidores a un error, engaño o confusión sobre los precios o condiciones promocionales", aseveró Comercio Interior por lo que indicó que ese tipo de prácticas afectan los derechos de los consumidores a contar, gracias a los proveedores, con información verdadera, clara y precisa en relación a las condiciones de venta de las mercancías exhibidas, ya que, así se encuentra contemplado en el artículo 4° de la Ley 24.240. 

Además, fueron sancionadas otras firmas como FCA S.A.,Omint SA, Wenance SA, Plan Ovalo SA, Edesur SA, Prevención Salud SA, Cencosud S.A., Frávega SACIeI y Metlife Seguros de Vida SA, por $1 millón cada una, y a Assurant Argentina Compañía de Seguros SA por $1,5 millones, como consecuencia de haber incumplido con los convenios firmados en las audiencias de conciliación con consumidores.

La Dirección Nacional de Defensa del Consumidor y Arbitraje en Consumo (Dndc y AC), señalaron, según las agencia de noticias que, las multas a estas empresas fueron efectuadas teniendo en consideración los establecido en el artículo 46 de la Ley de Defensa del Consumidor (Ley 24.240), en donde se contemplan penalidadades para las compañías que no cumplan con los acuerdos llevados adelante en las audiencias de conciliación de Coprec.


Entrada más reciente Entrada antigua
.: Otro camino a la información :.

inicio_recent