De ese modo, se apunta a completar un vacío legal en la Ley 27.399, que regula los feriados nacionales pero no especificaba qué hacer en los casos en que caen en fines de semana.
La medida no modifica el régimen de los feriados inamovibles, que continuarán celebrándose en su fecha original sin posibilidad de traslado.
Así, el decreto alcanza únicamente a los feriados catalogados como trasladables en la normativa vigente, que a partir de ahora podrán moverse al viernes anterior o al lunes posterior en caso de coincidir con sábado o domingo.
En el esquema vigente, se contempla el corrimiento de ciertos feriados para fomentar fines de semana largos. Pero, en ausencia de una pauta expresa sobre los feriados que coinciden con los días del fin de semana, el Poder Ejecutivo resolvió que no habilitar la posibilidad de la modificación representa ir en contra del espíritu original de la norma.
De ese modo fue planteado en el texto publicado hoy, en donde se citó precedentes de la Corte Suprema de Justicia de la Nación para justificar una reglamentación que respete la voluntad del legislador sin alterar el contenido sustancial de la ley.

