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La Justicia falló a favor de las universidades nacionales

 



El Juzgado Nacional en lo Contencioso Administrativo Federal N° 11 hizo lugar este martes a una cautelar prsentada por el Consejo Interuniversitario Nacional (CIN) para que se cumplimenten los artículos 5° y 6° de la Ley 27795 de Financiamiento Universitario.

Los artículos refieren a la actualización y recomposición de los salarios de docentes y no docentes de universidades nacionales y del monto de becas estudiantiles. Cabe destacar que, tras la sanción de la Ley 27795, el Poder Ejecutivo mediante el Decreto 795/2025, suspendió la aplicación de la norma, al argumentar que la ley no autorizaba o disponía gastos para prever en forma expresa el financiamiento universitario. 

Alrededor del 70% de los docentes y no docentes perciben ingresos mensuales por debajo de la línea de pobreza. En ese sentido, el Consejo Interuniversitario Nacional inició un proceso colectivo a fines de octubre de 2025, solicitando la declaración de inconstitucionalidad del decreto y el cumplimiento inmediato de la Ley de Financiamiento Universitario.

La ley fue aprobada por ambas Cámaras del Congreso, luego vetada por el presidente Javier Milei y finalmente el Parlamento rechazó la decisión del Poder Ejecutivo, por lo que la norma quedó en vigencia. Sin embargo, el Gobierno apeló a otra ley para afirmar que hasta tanto el Congreso no estableciera las fuentes de financiamiento, no pondría en marcha su contenido. 

El planteo judicial del CIN ante Juzgado Nacional en lo Contencioso Administrativo Federal N° 11 hizo hincapié en los artículos 5 y 6 de la ley de financiamiento, que establecen la actualización salarial docente y de becas estudiantiles según el índice inflacionario.


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