La decisión fue adoptada por mayoría, con los votos de los jueces Roberto Boico y Martín Irurzun, quienes concluyeron que el juez de primera instancia Sebastián Casanello se apartó del trámite legal previsto y dictó un fallo inválido en diciembre del año pasado al rechazar in limine el planteo de nulidad defensivo
Según señaló la Cámara, el magistrado había desestimado la nulidad bajo el argumento de que se trataba de una cuestión ya tratada en un pronunciamiento anterior.
Sin embargo, los camaristas advirtieron que ese criterio era incorrecto, ya que el propio tribunal había devuelto previamente el expediente para que el juzgado “sustanciara el planteo de nulidad adjuntado”, lo que finalmente no ocurrió.
“El rechazo se dictó sin transitar el camino procesal indicado”, remarcaron Boico e Irurzun, al tiempo que señalaron que la resolución en la que se apoyó el juez ya había sido revocada por la Cámara el 4 de diciembre de 2025. Además, destacaron que tampoco se cumplió con la instrucción de despejar interrogantes relevantes antes de adoptar una nueva decisión.

