En la presentación se solicita la paralización de la etapa de exhibición y producción de documentos (discovery), del requerimiento de aplicación de sanciones y de la audiencia probatoria fijada para los días 21 al 23 de abril de 2026.
En su escrito, la República sostiene que la suspensión se encuentra plenamente justificada, ya que existen fundamentos sólidos para revertir la decisión apelada, entre ellos la incorrecta aplicación del derecho argentino y el forum non conveniens.
Asimismo, advierte que la continuidad del discovery ocasiona un perjuicio irreparable para la soberanía nacional y puede impactar en la previsibilidad necesaria para el normal desarrollo de sus relaciones financieras. También destaca que el interés público aconseja evitar impactos en las relaciones exteriores y posibles ineficiencias procesales si la decisión de fondo torna abstractas las controversias vinculadas a la ejecución.
Cabe señalar que la Argentina ha cumplido ampliamente con las órdenes dictadas en el proceso, produciendo más de 115.000 páginas de documentación y facilitando aproximadamente 37 horas de testimonio de siete funcionarios de alto rango.
Además, en cumplimiento de la orden emitida respecto de dispositivos personales, se entregaron más de 800 páginas adicionales y 86 notas de voz. Pese a ello, los demandantes solicitaron que el país sea declarado en desacato y que se le impongan sanciones que la República considera improcedentes y desproporcionadas.

