La decisión fue adoptada en una resolución de 15 páginas, en la que el magistrado desestimó las medidas de no innovar solicitadas por la diputada Marcela Pagano y por Fernando Míguez, presidente de la Fundación por la Paz y el Cambio Climático, quienes reclamaban frenar una licitación atravesada por sospechas y cuestionamientos.
En su fallo, Rafecas sostuvo que, por el momento, las denuncias se apoyan “en gran parte” en “la presunción de un futuro hecho ilícito”.
“Lo incipiente de la pesquisa impide hacer lugar a la medida peticionada”, afirmó el juez, siguiendo el criterio adoptado por el fiscal Guillermo Marijuan.
Y agregó que “no se acredita la verosimilitud del derecho invocado ni la manifiesta ilegalidad o arbitrariedad del accionar administrativo”.
El juez también entendió que tampoco se logró demostrar “el peligro concreto en la demora”, uno de los requisitos centrales para habilitar una cautelar de semejante alcance.
En la resolución, Rafecas remarcó además que, cuando se pretende suspender una decisión de la administración pública, debe aplicarse “el máximo grado de prudencia” para evitar “excesos jurisdiccionales que signifiquen un menoscabo de los poderes y funciones administrativas”.

