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El BCRA reglamentó el crédito en dólares para empresas que no generan divisas

 




El Banco Central de la República Argentina (BCRA) reglamentó las nuevas condiciones para ampliar el acceso a créditos en dólares para empresas que no generan divisas, una medida que flexibiliza las reglas que regían para este tipo de financiamiento. 

La disposición fue establecida mediante la Comunicación “A” 8467, que habilita a las entidades financieras a destinar hasta el 15% de sus depósitos en moneda extranjera a préstamos para personas jurídicas que no estén comprendidas entre los prestatarios vinculados con actividades de comercio exterior. 

La normativa incorpora así la posibilidad de que los bancos otorguen financiamiento a empresas que no encuadren en los destinos que ya estaban contemplados, aunque dentro del límite fijado sobre los depósitos en dólares de cada entidad. 

La nueva regulación mantiene para estas operaciones el tratamiento prudencial previsto para otros destinos de crédito en dólares. Además, establece condiciones específicas para evaluar la capacidad de pago de las empresas que soliciten los préstamos. 

En particular, los bancos deberán analizar el flujo de fondos y la situación patrimonial de los potenciales deudores, teniendo en cuenta la posibilidad de que sus ingresos evolucionen de manera diferente al tipo de cambio. 

El objetivo es que las entidades verifiquen que las compañías puedan afrontar eventuales aumentos en el monto de sus obligaciones en moneda extranjera sin comprometer su capacidad de pago.


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