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Buscan penar la difusión de material íntimo sin consentimiento

 


Cada vez son más las víctimas por violencia digital que sufren filtración de fotos, videos o mensajes de tinte sexual, usados de manera abusiva y con el fin de perjudicar su imagen en la vida pública. Las consecuencias de dicha filtración son devastadoras, incluso llegan hasta el suicidio. 

La diputada Nacional Mónica Macha lo ejemplificó de un modo contundente y bien cercano en la presentación de las leyes Ley Belén y Ley Olimpia Argentina en julio de este año: “Cualquiera puede tomar la decisión de sacarse fotos o de filmarse en situaciones íntimas, pero eso no implica que haya otra persona que tome la decisión de difundirlo. En el campo de lo social hay una culpabilización y una estigmatización que, con la velocidad de distribución que encima ocurre, se vuelve insoportable para la víctima en todos los órdenes de su vida. Muchas mujeres terminan sin querer salir a la calle”.

Macha, junto al espacio de víctimas de violencia digital “Ley Olimpia Argentina” y la organización Género y TIC, presentaron ante el Congreso dos proyectos para prevenir y sancionar la violencia sexual digital a los que llamaron “Ley Olimpia” y “Ley Belén”, dos nombres que recuerdan a dos víctimas de esta violencia. 

La primera propone incorporar la violencia digital como otra forma violencia contra las mujeres en el marco de la ley 26.485 e incorporar al Código Penal los delitos de obtención y difusión no consentida de material íntimo y/o de desnudez, de los “porn deep fake” y de la llamada “sextorsión”. La segunda, impulsa modificaciones en el Código Penal de la Nación para prever penas de prisión de tres meses a tres años y elevar las multas establecidas.


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