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De aprobarse la ley Milei, reuniones de tres o más personas tendrían que ser autorizada por el Ministerio de Seguridad

 


Toda reunión de tres o más personas tendría que ser autorizada por el Ministerio de Seguridad El capítulo sobre Seguridad Interior del proyecto de ley «ómnibus» de reforma del Estado enviado al Congreso por el Gobierno nacional propone agravar e incorporar penas contra quienes corten el tránsito y define a una manifestación como una «congregación intencional y temporal de tres o más personas» en el espacio público.

Así, el nuevo texto plantea que: «El que, sin crear una situación de peligro común, impidiere, estorbare o entorpeciere el normal funcionamiento de los transportes por tierra, agua o aire o los servicios públicos de comunicación, de provisión de agua, de electricidad o de sustancias energéticas, será reprimido con prisión de uno a tres años y seis meses». 

Además de agravar esa condena, se agrega que para quien porte un «arma propia, impropia, se causare daño a la integridad física de las personas, la pena será de dos a cuatro años de prisión». Pero además incorpora que quienes «organicen o coordinen una reunión o manifestación» que corte el tránsito «serán reprimidos con prisión de dos a cinco años, estén o no presentes en la manifestación o acampe».

También, se plantea que «le corresponderá pena de prisión o reclusión de tres a seis años a quienes mediante intimidación, simulando autoridad pública o falsa orden de la autoridad, bajo promesa de remuneración o bajo amenaza de quita o de asignación de un beneficio, plan, subsidio de cualquier índole, obliguen a otro a asistir, permanecer o alejarse de una movilización o protesta». 

Este principio, como otros aspectos del artículo, están en sintonía con el protocolo «antipiquete» establecido por el Ministerio de Seguridad de la Nación que conduce Patricia Bullrich. En el artículo 331, queda definida una «reunión o manifestación» como la «congregación intencional y temporal de tres o más personas en un espacio público».


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