La medida se desprende de las ordenanzas 20.104 y 25.845, que incorporaron a las concesiones costeras la obligación de señalizar zonas para fumadores, delimitar sectores libres de humo e instalar recipientes para la disposición de colillas. Hasta ahora, el cumplimiento se basó en campañas de información y adecuación de los balnearios, pero sin penalidades económicas.
Con la entrada en vigencia del período sancionatorio, los infractores podrán enfrentarse a multas que irán desde el 0,15% al 1,5% del equivalente a 100 salarios mínimos municipales. Tomando como referencia el salario mínimo municipal de 18 horas de septiembre ($ 339.328,21), las penalidades oscilarán entre $50.899 y $508.992.

