El planteo está cerca del máximo previsto para la tentativa de contrabando, se refiere a 5 años, pero el hecho no llegó a consumarse por completo.
En su exposición, Villalba sentenció: “Concluido el debate oral y público, para el ministerio fiscal ha quedado demostrada la existencia del tipo penal de contrabando en grado de tentativa, conforme a lo previsto en el artículo 326, inciso B”, del Código Aduanero de Paraguay.
Para las autoridades del vecino país, el dinero en efectivo también se considera mercadería. Cuestionar esta equivalencia es uno de los puntales de la defensa de Kueider y de su pareja.
Luego, subrayó algunos ítems para solicitar la condena y citó la forma en que se concretó el hecho investigado.
Entre ellos, enumeró que se intentó utilizar el horario nocturno para ingresar el dinero. Además, marcó el alto valor de las divisas que transportaban en el vehículo “sin cumplir con la declaración prevista” para el traslado de más de USD 10 mil.
El fiscal sostuvo que el exsenador argentino y su pareja violaron reglas administrativas y el código aduanero del Paraguay.

