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La Corte Suprema dejó vigente un decreto del Gobierno que permite la venta sin límites de tierras a extranjeros

 




La Corte Suprema de Justicia de la Nación desestimó una demanda que buscaba anular la derogación de la Ley de Tierras Rurales, una medida dispuesta por el Poder Ejecutivo a través del artículo 154 del Decreto de Necesidad y Urgencia 70/2023. 

De esta manera, el máximo tribunal revocó la inconstitucionalidad que había dictado previamente la Cámara Federal de La Plata sobre el DNU. 

En un fallo firmado este martes, la Corte consideró que la entidad que inició la acción legal carece de la legitimidad necesaria para cuestionar la norma en los tribunales, al no configurarse un caso o controversia judicial concreto. 

El conflicto judicial comenzó cuando el Centro de Ex Combatientes Islas Malvinas (CECIM) de La Plata promovió un amparo contra el Estado Nacional. 

La organización civil solicitó que se declarara la inconstitucionalidad y la nulidad de la derogación de la Ley 26.737, la cual regulaba y limitaba la posesión, propiedad o tenencia de tierras rurales en manos de ciudadanos o empresas extranjeras.

Según la presentación de la agrupación, la eliminación de este marco de protección facilitaba la extranjerización del territorio y la creación de latifundios, lo que afectaba de manera directa la soberanía nacional y la integridad territorial de la República Argentina.


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