La medida, publicada en el Boletín Oficial, establece que ningún conductor podrá tomar el volante con una alcoholemia superior a cero miligramos por litro de sangre.
Según la iniciativa aprobada por el Senado y la Cámara de Diputados de la Nación Argentina, se establece que queda prohibido conducir con impedimentos físicos o psíquicos, sin la licencia especial correspondiente, habiendo consumido estupefacientes o medicamentos que disminuyan la aptitud para conducir.
Asimismo, queda prohibido conducir cualquier tipo de vehículo con una alcoholemia superior a cero (0) miligramos por litro de sangre.
La autoridad competente realizará el respectivo control mediante el método adecuado aprobado a tal fin por el organismo sanitario, destaca la norma en su artículo 1°.
Luego de los debates en el Congreso, la medida fue aprobada en el Senado con 48 votos a favor y 9 en contra.